Resolución N° 155/17/0118
Nro de Expediente:
2017-1815-98-000013
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/9/2017


Tema:
FALTA DE HABILITACIONES MUNICIPALES Y DE BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de habilitaciones municipales , una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por carecer de habilitaciones de la Dirección Nacional de Bomberos y otra de U.R. 10 (unidades reajustables diez) por falta de gestión de residuos sólidos no domiciliarios a la Sra. Rossana Nogueira C.I.: 1.985.743-2, con domicilio a los efectos en Cno. Lecoccq Nº1010 .-

Montevideo, 13 de Setiembre de 2017.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el comercio sito en Cno. Lecocq Nº1010, en el cual se constató la falta de habilitaciones municipales ,de bomberos y de gestión de residuos sólidos no domiciliarios, perteneciente a la Sra. Rossana Nogueira C.I.: 1.985.743-2, con igual domicilio a los efectos legales;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, intimó en reiteradas ocasiones a la presentación de las mencionadas habilitaciones ;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;
      3º) que se notificó que se aplicaría una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de habilitaciones municipales , una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por carecer de habilitaciones de la Dirección Nacional de Bomberos y otra de U.R. 10 (unidades reajustables diez) por falta de gestión de residuos sólidos no domiciliarios;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;




      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 3 (unidades reajustables tres) por falta de habilitaciones municipales , una de U.R. 5 (unidades reajustables cinco) por carecer de habilitaciones de la Dirección Nacional de Bomberos y otra de U.R. 10 (unidades reajustables diez) por falta de gestión de residuos sólidos no domiciliarios a la Sra. Rossana Nogueira C.I.: 1.985.743-2, con domicilio a los efectos en Cno. Lecoccq Nº1010 .-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.-Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes, Sector Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio para realizar la notificación correspondiente, cumplido al Sector Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva,Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal