Resolución N° 195/19/0118
Nro de Expediente:
2016-1815-98-000052
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/12/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.20 (unidades reajustables veinte) por falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, una de U.R. 22 (unidades reajustables veintidos) por falta de Habilitación de la D.N.B. y otra de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de Habilitaciones Comerciales, las tres en caracter de segunda reincidencia a la Sra. Jacqueline Bastarrica, C.I. 3.130.784-9 con domicilio a los efectos legales en Avda. Millán Nº5808.

Montevideo, 10 de Diciembre de 2019.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local comercial, rubro panadería, sito en Av. Millán Nº5808, en el cual se constataron la falta de Habilitaciones Comerciales, de la Dirección Nacional de Bomberos y la falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, de la empresa VENTRYC S.A., perteneciente a la Sra. Jacqueline Bastarrica, C.I. 3.130.784-9, con igual domicilio a los efectos legales;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, informa que se notificó que se aplicaría una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, una de U.R. 22 (unidades reajustables veintidos) por falta de Habilitación de la D.N.B. y otra de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de Habilitaciones Comerciales, las tres en caracter de segunda reincidencia según Dec. 21626 ;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R.20 (unidades reajustables veinte) por falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, una de U.R. 22 (unidades reajustables veintidos) por falta de Habilitación de la D.N.B. y otra de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de Habilitaciones Comerciales, las tres en caracter de segunda reincidencia a la Sra. Jacqueline Bastarrica, C.I. 3.130.784-9 con domicilio a los efectos legales en Avda. Millán Nº5808.
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Contribuyentes - Multas y pase por su orden al Despacho de este Municipio a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Cívico Metropolitano, Sector Inspección General para su posterior control.-
Gastón Silva, Alcalde .-

Bolivar Dutra,Concejal