Resolución N° 25/16/0118
Nro de Expediente:
3350-007008-09
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/2/2016


Tema:
MULTA POR FALTA DE HABILITACIÓN BOMBEROS Y MUNICIPALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) en primera reincidencia, por falta de habilitaciones, a la empresa Palma Alta S.A. R.U.T. Nº: 212075230018, con domicilio a los efectos legales en Avda. Sayago 908.-

Montevideo, 24 de Febrero de 2016.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el expediente 3350-007008-09, en el cual se constato la falta de habilitaciones municipales y de bomberos, del local destinado a barraca de leña, sito en Avda. Sayago 908, perteneciente a la empresa Palma Alta S.A. R.U.T. Nº: 212075230018, con igual domicilio a los efectos legales;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, intimo por formulario 40043 a presentar las habilitaciones correspondientes;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;
      3º) que se notifico que se aplicaría una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de habilitaciones según Dec. 21626, en primera reincidencia , según luce en notificación entregada a fs. 13 con fecha 14 de noviembre de 2015;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (unidades reajustables quince) en primera reincidencia, por falta de habilitaciones, a la empresa Palma Alta S.A. R.U.T. Nº: 212075230018, con domicilio a los efectos legales en Avda. Sayago 908.-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Cívico Metropolitano, Servicio de Inspección General para su posterior control.-
Gaston Silva,ALCALDE.-

Wilson Dutra,CONCEJAL