Resolución N° 151/12/0118
Nro de Expediente:
3350-013030-10
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/8/2012


Tema:
MULTA POR FILTRACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables, nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas), a la vivienda ubicada en Camino Durán Nº. 1221, padrón Nº. 194396, propiedad de el Sr. Walter Wilkins Dunez y las Sras. Yeny Viera, Doris Danta Viera, C.I. Nº. 1.506.777-0, María Graciela Danta Viera, C.I. Nº. 1.745.353-3, Mariella Rossana Danta Viera, C.I. Nº. 1.990.399-4 y del Sr. Pablo Daniello Danta Viera, C.I. Nº. 3.260.604-6.-

Montevideo, 28 de Agosto de 2012.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la finca ubicada en Camino Durán Nº. 1221, padrón Nº. 194396, propiedad de el Sr. Walter Wilkins Dunez y las Sras. Yeny Viera, Doris Danta Viera, C.I. Nº. 1.506.777-0, María Graciela Danta Viera, C.I. Nº. 1.745.353-3, Mariella Rossana Danta Viera, C.I. Nº. 1.990.399-4 y del Sr. Pablo Daniello Danta Viera, C.I. Nº. 3.260.604-6, en igual domicilio a efectos legales;
      RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº. 13, intimó los titulares de obrados, a realizar los trabajos necesarios, para evitar las filtraciones del pozo negro, a fin de solucionar los problemas que afectan las condiciones de habitabilidad de la vivienda sito en la calle Juan Alonso Castellano Nº 1230, otorgándole los plazo correspondientes, para subsanar los daños, bajo apercibimiento que en caso de omisión, se le aplicará una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables, nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas), según lo establece el Artículo 16º. Numeral 5, de obras sanitarias;
      2º) que el Servicio Centro Comunal Nº. 13, solicita la aplicación de la sanción de referencia;
      3º) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
      CONSIDERANDO: que por las competencias asignadas por las Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO DEL MUNICIPAL
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (Unidades Reajustables, nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas), a la vivienda ubicada en Camino Durán Nº. 1221, padrón Nº. 194396, propiedad de el Sr. Walter Wilkins Dunez y las Sras. Yeny Viera, Doris Danta Viera, C.I. Nº. 1.506.777-0, María Graciela Danta Viera, C.I. Nº. 1.745.353-3, Mariella Rossana Danta Viera, C.I. Nº. 1.990.399-4 y del Sr. Pablo Daniello Danta Viera, C.I. Nº. 3.260.604-6, en igual domicilio a efectos legales por los motivos mencionados en la parte expositiva;
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Inspección General de este Municipio para realizar la notificación correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal Nº. 13.-
GASTON SILVA,ALCALDE .-

ANTONIO CORREA,CONCEJAL