Resolución N° 101/18/0118
Nro de Expediente:
2016-1815-98-000071
 
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/6/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Multa por falta de Habilitaciones Municipales, DNB y G.R.S.noD. Ferreteria Indispensable S.A.

Montevideo, 27 de Junio de 2018.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local comercial, rubro ferretería , sito en Av. Eugenio Garzón Nº1536, en el cual se constataron la falta de Habilitaciones Municipales, de la Dirección Nacional de Bomberos y la falta de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, de la Barraca - Ferretería Indispensable S.A., RUT 211396560014, perteneciente al Sr. Miguel Grisoglio, C.I. 1.027001-9, con igual domicilio a los efectos legales;

      RESULTANDO: 1º) que el Sector Inspección General del Municipio G, informa que se notificó que se aplicaría una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez) por falta de Habilitaciones Municipales, una de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de habilitación de la D.N.B. y una de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por fata de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, según Dec. 21626 ;
      2º) que no se dio cumplimiento a lo intimado;

      CONSIDERANDO: 1º) que el Gobierno Municipal estima pertinente el dictado de Resolución en tal sentido;
      2º) las competencias asignadas por Resolución Nro. 3230/15;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL G
      RESUELVE:
      1.- Aplicar una multa de 10 (unidades reajustables diez) por falta de Habilitaciones Municipales, una de U.R. 15 (unidades reajustables quince) por falta de habilitación de la D.N.B. y una de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) por fata de trámite de Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios, a la Barraca - Ferretería Indispensable S.A. RUT 211396560014, sita en Avda. Eugenio Garzón Nº 1536, perteneciente al Sr. Miguel Grisoglio, C.I. 1.027001-9 con igual domicilio a los efectos legales .-
      2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario, a partir de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
      3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Despacho del Municipio G, a efectos de realizar la notificación correspondiente y librar testimonio de Multa y al Centro Cívico Metropolitano, Sector Inspección General para su posterior
Gaston Silva, Alcalde.-

Bolívar Dutra,Concejal