Resolución N°
200/11/0118
Nro de Expediente:
3350-007591-08
MUNICIPIO G - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15
/
6
/
2011
Tema:
VARIOS
Resumen:
Terreno baldío en Watt 1560
Montevideo,
15
de
Junio
de
2011
.-
VISTO:
estos obrados relacionados con el predio ubicado en la calle Watt N° 1560, propiedad del Sr. Julio César Martínez Brenes, C.I. 1.989.885-8, con domicilio a los efectos legales en la calle Maurio Maeterlink No. 5214;
RESULTANDO:
1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 13, informa que corresponde aplicar una multa de U.R. 16.3569, al Sr. Julio César Martínez Brenes, C.I. No. 1.989.885-8 por falta de limpieza en el mencionado predio de su propiedad y por falta del cerco perimetral, según lo que establece el Decreto No. 21.626 de fecha 23/IV/84;
2o.) que habiendo notificado al responsable del predio, otorgandole un plazo de 10 (diez) días para realizar los descargos correspondientes o dar cumplimiento a lo solicitado;
3o.) que comprobándose
el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de dicha multa;
CONSIDERANDO
: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
EL GOBIERNO MUNICIPAL G
RESUELVE
1.- Aplicar una multa de 16.3569 U.R. (dieciseis unidades reajustables con tres mil quinientos sesenta y nueve con diezmilésimas) al Sr. Julio César Martínez Brenes, C.I. 1.989.885-8, propietario de la finca sita en la calle Watt N° 1560, con domicilio legal en la calle Mauricio Maeterlink N° 5214, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 13.-
GASTON SILVA
,
ALCALDE
.-
ANTONIO CORREA
,
CONCEJAL