Resolución N° 48/17/0117
Nro de Expediente:
2017-1253-98-000004
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/4/2017


Tema:
FUNCIONARIOS - SANCIONES

Resumen:
Aplicar una suspensión por el término de 1 (UNO) día sin goce de sueldo al funcionario Jonathan Tardáguila, C.I.: 4.688.654 por incurrir a lo establecido en el Art. R.423.2 inc.m del Volúmen III del Digesto Departamental.-

Montevideo, 19 de Abril de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, relacionadas con las llegadas tarde del funcionario Jonathan Tardáguila, C.I.: 4.688.654;
        RESULTANDO: que se constató por medio del parte mensual de incidencias la existencia de 206 minutos de llegada tarde correspondientes al mes de diciembre de 2016;
        CONSIDERANDO: 1o.) que según lo establecido en el Art. R.423.2 inc. m del Volúmen III del Digesto Departamental corresponde la aplicación de un total de 1 día de suspensión sin goce de sueldo;
        2o.) que reunido el Gobierno Municipal F en sus sesión ordinaria de fecha 19 de abril de 2017 resuelve por unanimidad el dictado de resolución en tal sentido;
        3o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, se establecieron las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE
        1.- Aplicar una suspensión por el término de 1 (UNO) día sin goce de sueldo al funcionario Jonathan Tardáguila, C.I.: 4.688.654 por incurrir a lo establecido en el Art. R.423.2 inc.m del Volúmen III del Digesto Departamental.-
        2.- Advertir al referido funcionario que en caso de reincidencia será pasible de la aplicación de sanciones más severas.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, al Servicio de Administración de Personal, al Servicio de Liquidación de Haberes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, para la notificación del funcionario y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal