Resolución N° 79/15/0117
Nro de Expediente:
3310-012377-14
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/4/2015


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. José Dubrow, C.I.: 1.040.476-2, domiciliado en Nápoles Nº 3562, propietario del padrón Nº 138.493, sito en Génova Nº 3378.-

Montevideo, 22 de Abril de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas del padrón Nº 138.493, sito en Génova Nº 3378, propiedad del Sr. José Dubrow, C.I.: 1.040.476-2, domiciliado en Nápoles Nº 3562;

        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó al propietario del mencionado padrón a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R 10 por infracción al Art. 16 del Decreto Nº 21.626, Res. Nº 2287/13 y Art. 721 del Volumen I del Digesto Departamental, referente a la Ley 18840;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 22 de Abril de 2015, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. José Dubrow, C.I.: 1.040.476-2, domiciliado en Nápoles Nº 3562, propietario del padrón Nº 138.493, sito en Génova Nº 3378, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.
Juan Bologna,Alcalde del Municipio F.-

Jorge Moreira,Concejal Municipal