Resolución N° 163/13/0117
Nro de Expediente:
3310-003112-13
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/11/2013


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables, veinte con cero diezmilésimas) por falta de Habilitaciones Municipales, al establecimiento destinado a Restaurante, sito en Ruta 8 km.17.500 Complejo Jacksonville Unidad 005, perteneciente a la empresa. MANKER S.A., R.U.T Nº 216578480017.

Montevideo, 21 de Noviembre de 2013.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 9, relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Restaurante, sito en Ruta 8, km 17.500 Complejo Jacksonville Unidad 005, perteneciente a la empresa. MANKER S.A., R.U.T Nº 216578480017;

      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
      a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 20 (unidades reajustables, veinte con cero diezmilésimas) por falta de Habilitaciones Municipales, según lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, promulgado el 23/IV/84;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 21 de Noviembre de 2013 resuelve de conformidad;

      CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
      2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;


      EL GOBIERNO MUNICIPAL F
      RESUELVE:
      1.-Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables, veinte con cero diezmilésimas) por falta de Habilitaciones Municipales, al establecimiento destinado a Restaurante, sito en Ruta 8 km.17.500 Complejo Jacksonville Unidad 005, perteneciente a la empresa. MANKER S.A., R.U.T Nº 216578480017, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución..-
      2.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal