Resolución N° 176/19/0117
Nro de Expediente:
2018-3310-98-000107
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/11/2019


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) a Sra. Ema Gilda Betancurt Suárez, C.I.: 2.779.607-0, domiciliada en Cno. Repetto Nº 3469, propietaria de la vivienda sita en Cno. Repetto Nº 3469, padrón Nº 144.970 Unidad 001, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 27 de Noviembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades de la vivienda sita en Cno. Repetto Nº 3469, padrón Nº 144.970 Unidad 001, propiedad de la Sra. Ema Gilda Betancurt Suárez, C.I.: 2.779.607-0;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales que lucen en las actuaciones Nº 4 y Nº 24 se observaron humedades en cielorraso y paredes, húmedas al tacto, provenientes de la falta de mantenimiento de la cubierta del techo de chapa con cielorraso de madera, condiciones que afectan la habitabilidad del bien;
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en la actuación 35, el Arquitecto Asesor del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, Sr. Pedro Vasqué informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 20 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) a Sra. Ema Gilda Betancurt Suárez, C.I.: 2.779.607-0, domiciliada en Cno. Repetto Nº 3469, propietaria de la vivienda sita en Cno. Repetto Nº 3469, padrón Nº 144.970 Unidad 001, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal