Resolución N° 175/19/0117
Nro de Expediente:
2018-3310-98-000835
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/11/2019


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (UNIDADES REAJUSTABLES TREINTA) al Sr. Diego Guillermo Barros Angeloni C.I.: 4.285.406-7, domiciliado en Emilio Castelar Nº 4440 apto 402 Torre E6 y Gerónimo Piccioli Nº 3183 unidad 001, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 27 de Noviembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades de la vivienda sita en Gerónimo Piccioli Nº 3183 apto 2, padrón Nº 130.487, causados por la vivienda sita en Gerónimo Piccioli Nº 3183 unidad 001, propiedad del Sr. Diego Guillermo Barros Angeloni C.I.: 4.285.406-7, domiciliado en Emilio Castelar Nº 4440 apto 402 Torre E6 y Gerónimo Piccioli Nº 3183 unidad 001;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales que lucen en las actuaciones Nº 4 y Nº 27 se observaron manchas de humedad en cielorraso y desprendimiento provenientes de filtraciones de la unidad superior, concentrándose en la sala de estar y expandiéndose a los dormitorios, cocina y local adjunto, dada la entidad de la humedad esta afectada la instalación eléctrica, condiciones que afectan la habitabilidad del bien;
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en la actuación 28, el Arquitecto Asesor del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9, Sr. Pedro Vasqué informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 30 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (UNIDADES REAJUSTABLES TREINTA) al Sr. Diego Guillermo Barros Angeloni C.I.: 4.285.406-7, domiciliado en Emilio Castelar Nº 4440 apto 402 Torre E6 y Gerónimo Piccioli Nº 3183 unidad 001, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal