Resolución N° 101/13/0117
Nro de Expediente:
0017-002457-13
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2013


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 98/13/0117 de fecha 03 de Julio de 2013.

Montevideo, 10 de Julio de 2013.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el llamado Público a ONGs, para la suscripción de un convenio educativo laboral con la Intendencia de Montevideo;

        RESULTANDO: 1o.) que por resolución Nº 98/13/0117 de fecha 03 de Julio de 2013, se aprobo el texto del Convenio a suscribirse entre el Municipio F y la Asociación Civil "Juventud para Cristo", según lo dispuesto en el marco del art. 24, num.IX, del Decreto JDM No. 33.209, que faculta a los Municipios a efectos de celebrar convenios con organizaciones e instituciones para la elaboración y gestión de proyectos de interés comunitario, y el art. 1o. lit. XIV, del Decreto JDM No. 33.322, que los autoriza a ordenar gastos por hasta el doble del monto máximo de la licitación abreviada;
        2o.) que en la mencionada resolución se padeció error formal en el procedimiento administrativo;

        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesion ordinaria de fecha 10 de julio de 2013 resuelve el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;



        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 98/13/0117 de fecha 03 de Julio de 2013, por las razones expresadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, Divisiones Comunicación y Políticas Sociales, Asesoría Jurídica, Servicios de Escribanía, Centro Comunal Zonal No. 9, Unidad Central de Presupuesto, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación Ciudadana, Unidad Central de Auditoría Interna y pase al Sector Acuerdo para la elaboración de un nuevo proyecto de resolución.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal