Resolución N° 113/11/0117
Nro de Expediente:
3310-007856-10
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/10/2011


Tema:
MUTLAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de 19.7880 (unidades reajustables, diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésinmas ) a la Sra. María Antunez C.I.:1.155.915-7, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 13 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: las actuaciones Nº 3310-007856-10 relacionadas con el muro divisorio de la propiedad lindera a la vivienda ubicada en Congreve Nº 6837, perteneciente a la Sra. María Antunez C.I.:1.155.915-7.
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 19 de Junio de 2010, se constató que a los muros divisorios del frente se los ha elevado de forma escalonada, agregando dos, tres y cuatro hiladas de bloque, presentando fisuras en dicho muro que pueden comprometer la estabilidad del muro a futuro.
        2o.) que con fecha 9 de Marzo de 2011, se intimó a la vivienda mencionada a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe de fecha 4 de Agosto de 2011 que luce a fojas 16 de estos obrados, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19.7880 a la titular de la vivienda perjudicante, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de 19.7880 (unidades reajustables, diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésinmas ) a la Sra. María Antunez C.I.:1.155.915-7, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Coimbra,Concejal del Municipio F