Resolución N° 123/16/0117
Nro de Expediente:
0017-001264-16
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/5/2016


Tema:
VARIOS

Resumen:
Propiciar ante el Intendente de Montevideo, Ing. Daniel Martínez declarar área protegida y patrimonial los bañados del Arroyo Carrasco.-

Montevideo, 11 de Mayo de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas a la situación de los bañados del Arroyo Carrasco;
        RESULTANDO: 1o.) Que los Bañados de Carrasco abarcan una superficie de 1.141 hectáreas en los departamentos de Montevideo y Canelones y que esta zona incluye bañados, ejemplares de flora nativa, monte exótico (parque) y planicies de inundación que constituyen un ecosistema de gran importancia para la zona teniendo en cuenta que es uno de los parques metropolitanos de mayor superficie perteneciente a una capital nacional;
        2o.) La Ley 17.234 que crea el Sistema Nacional de Áreas Protegidas plantea en el artículo 4º "(De las áreas de conservación o reserva Departamentales).- Son aquellas áreas de conservación o reservas declaradas como tales por los Gobiernos Departamentales, las que podrán ser incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Poder Ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto por la Ley", otorgando el derecho a la creación de áreas protegidas departamentales. Dentro de las categorías de definición y manejo, especificadas en el capítulo 2 (dos) de la ley, artículo 3 (tres) inciso "c", se plantea como "Paisaje protegido: superficie territorial continental o marina, en la cual las interacciones del ser humano y la naturaleza, a lo largo de los años, han producido una zona de carácter definido, de singular belleza escénica o con valor de testimonio natural y que podría contener valores ecológicos o culturales." siendo esta la categoría que se propone para Bañados de Carrasco;
        3o.) El trabajo realizado por el Proyecto de Cohesión Social para la Cuenca del Arroyo Carrasco, el cual se encuentra enmarcado en el Plan Municipal de Desarrollo para la actual Gestión;
        4o.) Que por Resolución Nº 87/11/0117 de fecha 6/9/2011 el Gobierno del Municipio F resolvió declarar de interés municipal la conservación y recuperación de los bañados de Carrasco como ecosistema de humedales, región que se comparte con el Departamento de Canelones;
        CONSIDERANDO: 1o.) Que reunido el Gobierno Municipal en su sesión ordinaria de fecha 11 de Mayo de 2016, resuelve proceder con el dictado de resolución en tal sentido;
        2o.) Las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales por Res. 3642/10 de fecha 09/08/2010.
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Propiciar ante el Intendente de Montevideo, Ing. Daniel Martínez declarar área protegida y patrimonial los bañados del Arroyo Carrasco.-
        2.- Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 y remítase al Departamento Secretaría General.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal