Resolución N° 176/14/0117
Nro de Expediente:
3310-021151-14
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/10/2014


Tema:
FUNCIONARIOS - SANCIONES

Resumen:
Aplicar una suspensión por el término de 3 ( TRES) días sin goce de sueldo a la funcionaria Esteban Montiel, C.I.: 4.681.197.-

Montevideo, 29 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal Nº9, en relación a la situación incurrida por el funcionario Sr. Esteban Montiel, C.I.: 4.681.197, perteneciente a la Cuadrilla de Áreas Verdes, Unidad 3318;
        RESULTANDO: que se constató que el funcionario incurrió en falta fragante de acuerdo a lo que establece el Art. R 423.12 del Volumen III del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que según lo establecido Art. R 423.12 del Volumen III del Digesto Municipal, corresponde la aplicación de un total de tres días de suspensión sin goce de sueldo;
        2o) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo estableció las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        3o) que reunido el Gobierno Municipal F en sus sesión ordinaria de fecha 29 de octubre de 2014, resuelve la aplicación de la sanción correspondiente;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE
        1.- Aplicar una suspensión por el término de 3 ( TRES) días sin goce de sueldo a la funcionaria Esteban Montiel, C.I.: 4.681.197, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Advertir a la referida funcionaria que en caso de reincidencia será pasible de la aplicación de sanciones más severas.-
        3.- Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, al Servicio de Administración de Personal, al Servicio de Liquidación de Haberes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9, para la notificación al funcionario y establecer los días de usufructo de dicha suspensión.
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal