Resolución N° 202/17/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000396
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/12/2017


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) Sr. Luis Ignacio Antúnez, CI: 3.909.162-8, domiciliado en Calle 124 Nº 2092, Block 4 propietario de la vivienda sita en Besares Nº 3687 Bis/002, padrón N º189195/102.-

Montevideo, 20 de Diciembre de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de habitabilidad provovados desde la vivienda sita en Besares Nº 3687 Bis/002, padrón Nº 189.195/102, propiedad del Sr. Luis Ignacio Antúnez, CI: 3.909.162-8, domiciliado en Calle 124 Nº 2092, Block 4;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 4 de Enero de 2016, se observo: a) en baño, importante humedad tangible al tacto, hongos y deterioro de pintura de cielorraso y paredes; b) en dormitorio continuo al baño, manchas de humedad y hongos. Estas condiciones afectan la habitabilidad e higiene del bien;.
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arq. Pedro Vasqué de fecha 14 de Marzo de 2017, informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 20 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        4o.) Que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión ordinaria de fecha 6 de Diciembre de 2017 la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) Sr. Luis Ignacio Antúnez, CI: 3.909.162-8, domiciliado en Calle 124 Nº 2092, Block 4 propietario de la vivienda sita en Besares Nº 3687 Bis/002, padrón Nº 189195/102, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 para notificación a la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal