Resolución N° 15/19/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000602
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/3/2019


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Sr. Nelson Chicurel Giudice, C.I.: 1.378.107-5, domiciliado en Misiones Nº 1372, propietario de la vivienda sita en Avda. 8 de Octubre Nº 4623, Unidad 102, padrón Nº 162.430, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 13 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades de la vivienda sita en Avda. 8 de Octubre Nº 4623, Unidad 102, padrón Nº 162.430, propiedad del Sr. Nelson Chicurel Giudice, C.I.: 1.378.107-5, domiciliado en Misiones Nº 1372;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales realizadas con fecha 20/10/2015, 30/12/2015 y 16/01/2017 se observo la presencia de desprendimientos de revoques humedades y humedades activas en toda la unidad, provenientes de la instalación sanitaria de ambos baños, así como por la falta de impermeabilización de paredes, azotea y terraza, de condiciones que afectan la habitabilidad del bien;
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arq. Pedro Vasqué de fecha 19 de octubre de 2017, informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 20 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) Que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Sr. Nelson Chicurel Giudice, C.I.: 1.378.107-5, domiciliado en Misiones Nº 1372, propietario de la vivienda sita en Avda. 8 de Octubre Nº 4623, Unidad 102, padrón Nº 162.430, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 para notificación de la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Jorge Moreira,Concejal Municipal