Resolución N° 2/19/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-001019
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/1/2019


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Henry Leonel Borges Rivero C.I.: 1.973.151-5, propietario de la vivienda en Gerónimo Piccioli Nº 3287, padrón, Nº 74.728, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. C, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 23 de Enero de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades padecidos por la vivienda sita en Gerónimo Piccioli Nº 3283 apto 3, padrón, Nº 74.729, provenientes del padrón Nº 74.728 sito en Gerónimo Piccioli Nº 3287, propiedad del Sr. Henry Leonel Borges Rivero C.I.: 1.973.151-5;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales realizadas con fecha 18/11/16, 30/05/17 y 01/12/17 se observaron: a) humedades activas en el muro del dormitorio, medianero lindero con el padrón 74.728; b) deterioro de revoques y pinturas propias de presencia de agua de larga data; c) dicha medianera coincide con el baño de la vivienda del padrón 74.728; e) dichas humedades corresponderían a problemas en las instalaciones del baño, condiciones que afectan la habitabilidad del bien;.
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, el Arq. Pedro Vasqué en la actuación Nº 33 informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 10 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        4o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha, resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Henry Leonel Borges Rivero C.I.: 1.973.151-5, propietario de la vivienda en Gerónimo Piccioli Nº 3287, padrón, Nº 74.728, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. C, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la persona infractora y demás efectos.-
Silvana Lima,Alcaldesa (i) del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal