Resolución N° 39/14/0117
Nro de Expediente:
3310-016487-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/3/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 ( UNIDADES REAJUSTABLES CINCO ) como primera reincidencia, al Sr. Pablo Patrone, documento de identidad Nº 4.032.935-1.

Montevideo, 12 de Marzo de 2014.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública desde la finca ubicada en la calle Marcos Salcedo Nº5439, propiedad del Sr. Pablo Patrone con documento de identidad Nº 4.032.935-1;

      RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 5 por incumplimiento de lo intimado según Decreto Nº 21.626, Art. 3;
        2o.) que por Resolución Nº 106/13/0117 de fecha 17 de Julio de 2013 se resolvió la aplicación de una multa por falta de habilitaciones, lo que correspondería según informe del Sector Inspectivo aplicar una nueva sanción como primera reincidencia;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 12 de Marzo de 2014 resuelve la aplicación de la multa correspondiente;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 ( UNIDADES REAJUSTABLES CINCO ) como primera reincidencia, al Sr. Pablo Patrone, documento de identidad Nº 4.032.935-1, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal