Resolución N° 46/17/0117
Nro de Expediente:
2016-8629-98-000045
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/4/2017


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) por falta de mantenimiento de la cuneta al padrón Nº 145.415 sito en Juan Agazzi Nº 2874, propiedad del Sr. Fabián Gómez C.I.: 4.516.567-6, domiciliado en Éxodo Nº 5654, por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental.-

Montevideo, 19 de Abril de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de mantenimiento de cuneta frente al padrón Nº 145.415 sito en Juan Agazzi Nº 2874, propiedad del Sr. Fabián Gómez C.I.: 4.516.567-6, domiciliado en Éxodo Nº 5654;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la cuneta de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 4 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 19 de abril de 2017, resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) por falta de mantenimiento de la cuneta al padrón Nº 145.415 sito en Juan Agazzi Nº 2874, propiedad del Sr. Fabián Gómez C.I.: 4.516.567-6, domiciliado en Éxodo Nº 5654, por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal