Resolución N° 119/17/0117
Nro de Expediente:
2016-8629-98-000003
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/8/2017


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (UNIDADES REAJUSTABLES DOS) como primera reincidencia a la empresa MUWER S.A. RUT 216.516.790.012, domiciliada en Zabala Nº 1256 apto 2, propietaria del padrón Nº 401.798, sito en Cno. Servando Gómez Nº 3425, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III y Art. 22 del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 9 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de limpieza del padrón Nº 401.798 sito en Cno. Servando Gómez Nº 3425, propiedad de la empresa MUWER S.A. RUT 216.516.790.012, con domicilio constituido en Zabala Nº 1256 Apto.2;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que por Resolución Nº 73/16/0117 de fecha 07/04/2016 se resolvió la aplicación de una multa por falta de limpieza del padrón por lo que correspondería según informe del Sector Inspectivo aplicar una nueva sanción como primera reincidencia;
        c) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 2 por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III y Art. 22 del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 9 de Agosto de 2017, resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (UNIDADES REAJUSTABLES DOS) como primera reincidencia a la empresa MUWER S.A. RUT 216.516.790.012, domiciliada en Zabala Nº 1256 apto 2, propietaria del padrón Nº 401.798, sito en Cno. Servando Gómez Nº 3425, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III y Art. 22 del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal