Resolución N° 224/16/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000173
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/11/2016


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) al Sr. Alfredo Favio Cardozo Trias, C.I.: 2.593.006-4, propietario del padrón Nº 413.966 sito en Cno. Corrales Nº 3286, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3º, Núm.6, Secc.II del Decreto 21.626 y Resolución 2287/13.-

Montevideo, 16 de Noviembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas la construcción de muro de forma antirreglamentaria en el padrón Nº 413.966 sito en Cno. Corrales Nº 3286, perteneciente al Sr. Alfredo Favio Cardozo Trias, C.I.: 2.593.006-4;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) por inspecciones realizadas con fecha 20/03/15 y 11/07/2015 se constato la presencia de muro perimetral frontal ciego de una altura aproximadamente de 2,5 metros, el mismo no ajustandose a la normativa vigente de la zona 3 según el D.3198 en la que se encuentra;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.4 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3º, Núm.6, Secc.II del Decreto 21.626 y Resolución 2287/13;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 16 de noviembre de 2016, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) al Sr. Alfredo Favio Cardozo Trias, C.I.: 2.593.006-4, propietario del padrón Nº 413.966 sito en Cno. Corrales Nº 3286, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3º, Núm.6, Secc.II del Decreto 21.626 y Resolución 2287/13.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Silvana Lima,Alcaldesa del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal