Resolución N° 69/14/0117
Nro de Expediente:
3160-002322-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/4/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 49 ( UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA Y NUEVE ) a la COMUNIDAD DE HERMANOS DE LA SAGRADA FAMILIA, con domicilio a los efectos legales en Avda. Del Libertador Nº1960, propietaria del predio sito en Cno. Repetto Nº 3850, padrón Nº 169769.

Montevideo, 23 de Abril de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con movimiento de tierra sin autorización del predio sito en Cno. Repetto Nº 3850, padrón Nº 169769, propiedad de la COMUNIDAD DE HERMANOS DE LA SAGRADA FAMILIA, con domicilio a los efectos legales en Avda. Del Libertador Nº1960;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 49 por la no presentacion del Estudio de Impacto Territorial según lo establecido en el Decreto Nº 21.626, Art. 15, Sección XIII;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 23 de Abril de 2014, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 49 ( UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA Y NUEVE ) a la COMUNIDAD DE HERMANOS DE LA SAGRADA FAMILIA, con domicilio a los efectos legales en Avda. Del Libertador Nº1960, propietaria del predio sito en Cno. Repetto Nº 3850, padrón Nº 169769, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal