Resolución N° 188/14/0117
Nro de Expediente:
3310-008805-14
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/11/2014


Tema:
MULTAS - VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.5 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCO) a la empresa CERÁMICAS CASTRO S.A., R.U.T. 212040370018, con domicilio a los efectos legales en Barros Arana Nº 5510, propietaria del padrón Nº 417.408, sito en Osvaldo Cruz s/nº.-

Montevideo, 19 de Noviembre de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada frente al padrón Nº 417.408, sito en Osvaldo Cruz s/nº, perteneciente a la empresa CERÁMICAS CASTRO S.A., R.U.T. 212040370018, con domicilio a los efectos legales en Barros Arana Nº 5510;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó a la responsable a reparar la vereda de su predio, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Sector Inspectivo solicita la aplicación de una multa de U.R.5 por infracción a lo dispuesto en el Artículo D.2213 del Volumen VII del Digesto Municipal;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2014 resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.5 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCO) a la empresa CERÁMICAS CASTRO S.A., R.U.T. 212040370018, con domicilio a los efectos legales en Barros Arana Nº 5510, propietaria del padrón Nº 417.408, sito en Osvaldo Cruz s/nº, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal