Resolución N° 46/18/0117
Nro de Expediente:
2017-3310-98-000048
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/5/2018


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) por falta de mantenimiento de la cuneta a la Sra. María de la Concepción Balo Carballude C.I.: 1.182.071-6, propietaria del padrón Nº 194.036 sito en Susana Pintos Nº 2901 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.1 y D.2241.14.2 del Digesto Departamental.-

Montevideo, 9 de Mayo de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de mantenimiento de cuneta frente al padrón Nº 194.036 sito en Susana Pintos Nº 2901, padrón Nº 194.036 propiedad de la Sra. María de la Concepción Balo Carballude C.I.: 1.182.071-6;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la cuneta de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 4 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.3 del Digesto Departamental;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve por unanimidad la aplicación de la multa correspondiente;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) por falta de mantenimiento de la cuneta a la Sra. María de la Concepción Balo Carballude C.I.: 1.182.071-6, propietaria del padrón Nº 194.036 sito en Susana Pintos Nº 2901 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.1 y D.2241.14.2 del Digesto Departamental.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal