Resolución N° 60/19/0117
Nro de Expediente:
2017-3310-98-000736
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/7/2019


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Álvaro Valiña Vigueret C.I.: 2.000.732, domiciliado en Av. José Belloni Nº 3038, propietario de la vivienda sita en Gobernador Vigodet Nº 2586, padrón Nº 152921.-

Montevideo, 10 de Julio de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades ocasionados a la vivienda sita en Gobernador Vigodet Nº 2584 padrón Nº 141.405, por la vivienda sita en Gobernador Vigodet Nº 2586, padrón Nº 152.921, propiedad del Sr. Álvaro Valiña Vigueret C.I.: 2.000.732-7, domiciliado en Av. José Belloni Nº 3038;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales que lucen en las actuaciones 4 y 19 se constato que el muro separativo sobre la medianera en el sector del retiro frontal de la vivienda presenta signos de humedad y filtraciones y tambien sobre el pavimiento en la proximidad de dicho muro;
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arq. Pedro Vasqué que luce en la actuación Nº 26, informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 10 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Álvaro Valiña Vigueret C.I.: 2.000.732, domiciliado en Av. José Belloni Nº 3038, propietario de la vivienda sita en Gobernador Vigodet Nº 2586, padrón Nº 152.921, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 para notificación de la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal