Resolución N° 47/19/0117
Nro de Expediente:
2019-1130-98-000003
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/6/2019


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Renovar por un período de 1 (UN) año el convenio de donación modal con la La Asociación Civil Juventud para Cristo para la suscripción de un convenio educativo laboral de barrido manual en el Pueblo Ituzaingó, aprobado por Resolución Nº 71/18/0117 de 25 de julio de 2018.-

Montevideo, 26 de Junio de 2019.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado Público a ONGs, para la suscripción de un convenio educativo laboral para realizar tareas de barrido manual en el barrio Pueblo Ituzaingó perteneciente al Municipio F;

        RESULTANDO: 1o.) que en la cláusula cuarta del Convenio suscrito por Resolución Nº 71/18/0117 de fecha 25 de julio de 2018 suscrito con la Asociación Civil "Juventud para Cristo",se estableció que el mismo tendría una duración de 1 (un) año a partir de su firma, pudiendo ser renovado por un período igual, de existir acuerdo expreso de ambas partes y una buena evaluación de los resultados;
        2o.) que en la actuación 83 se informa la evaluación ha sido favorable;
        3o.) que se elaboró el siguiente texto: RENOVACIÓN DE CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo -------- de ---- del dos mil dieciecinueve.- POR UNA PARTE: El Municipio F (en adelante el Municipio), con domicilio en la Avda. 8 de octubre 4700, representado por su Alcalde, Francisco D. Fleitas CI: 1:839.347-1.- POR OTRA PARTE: La Asociación Civil Juventud para Cristo, (en adelante la Institución), R.U.T. 213537330016, constituyendo domicilio en la calle Manuel Acuña Nº 3033, representado por ----------- C.I. Nº ----------, cuya representación acredita; siendo todos los nombrados uruguayos, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- En la Cláusula Cuarta del Convenio suscrito por Resolución Nº 71/18/0117 de 25 de julio de 2018, a fin de desarrollar tareas vinculadas al barrido manual, se estableció que los mismos tendrían una duración de 1 (un) año a partir de su firma, pudiendo ser renovado por un período igual. Teniendo en cuenta que el convenio vence el 31 de Julio del corriente, es necesario efectuar su renovación.- SEGUNDO.- El Municipio y la Institución acuerdan renovar el convenio de referencia, por el período comprendido entre el 1º de Agosto de 2019 y el 31 de Julio de 2020, en las mismas condiciones que fuera acordado el convenio original.- Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-

        CONSIDERANDO: 1o.) que reunido el Gobierno del Municipio F en su sesión ordinaria del día de la fecha, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12, Numeral 3, de la Ley No.19.292, resolvió por unanimidad, dentro de la cual contó con el voto del Alcalde, Sr. Francisco Fleitas, C.I.: 1.839.347-1 y los Concejales Municipales Silvana Lima C.I.: 2.866.905-0 y Juan Bologna, C.I.: 1.596.735-8 aprobar la renovación del convenio;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, se establecieron las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE
        1.- Renovar por un período de 1 (UN) año el convenio de donación modal con la La Asociación Civil Juventud para Cristo para la suscripción de un convenio educativo laboral de barrido manual en el Pueblo Ituzaingó, aprobado por Resolución Nº 71/18/0117 de 25 de julio de 2018.-
        2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Divisiones Políticas Sociales y Comunicación, Asesoría Jurídica, Servicio de Escribanía, Unidad Central de Presupuesto, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación Ciudadana y a la Unidad Central de Auditoría Interna, Servicio Centro Comunal Zonal 9 y pase -por su orden- al Sector Compras Ejecución Presupuestal de este Municipio, cumplido, remítase a Contaduría General.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal

Juan Bologna,Concejal Municipal