Resolución N° 245/16/0117
Nro de Expediente:
2016-9681-98-000072
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/12/2016


Tema:
MULTAS - CERCOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (UNIDADES REAJUSTABLES OCHO) al Sr. José Washington Olivera C.I.: 1.533.776-1 propietario del padrón Nº 89.237 sito en Cno. Teniente Rinaldi Nº 3947 por infracción según Art. 3, Num. 7, Secc II del Decreto 21.626.-

Montevideo, 28 de Diciembre de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el muro con peligro de derrumbe sito en Cno. Teniente Rinaldi Nº 3947, padrón Nº 89.237, propiedad del Sr. José Washington Olivera C.I.: 1.533.776-1;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el muro se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes
        b) que el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 8 por infracción según Art. 3, Num. 7, Secc II del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 28 de diciembre de 2016, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (UNIDADES REAJUSTABLES OCHO) al Sr. José Washington Olivera C.I.: 1.533.776-1 propietario del padrón Nº 89.237 sito en Cno. Teniente Rinaldi Nº 3947 por infracción según Art. 3, Num. 7, Secc II del Decreto 21.626.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal