Resolución N° 86/18/0117
Nro de Expediente:
2017-3310-98-000300
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/10/2018


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (UNIDADES REAJUSTABLES UNO) a la Sra. Ely Susana Hoagen C.I.: 1.629.313-2, domiciliada en Av. 18 de Julio Nº 2133 y la Sra. Elsa Rodríguez C.I.: 1.516.395-8 domiciliada en José Maria Pargani Nº 6146, propietarias del padrón Nº 60.190 sito en José Maria Pagani Nº 6146, por falta de limpieza, incumplimiento de lo intimado según el Art. 19, Lit. B Secc III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 3 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de limpieza del predio del padrón Nº 60.190 sito en José María Pagani Nº 6146, propiedad de la Sra. Ely Susana Hoagen C.I.: 1.629.313-2, domiciliada en Av. 18 de Julio Nº 2133 y la Sra. Elsa Rodríguez C.I.: 1.516.395-8 domiciliada en José María Pagani Nº 6146;

        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 1 por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B Secc III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;

        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que reunido en su sesión ordinaria del día de la fecha el Gobierno Municipal F por mayoría de tres votos a favor y dos en contra resuelve de conformidad con el dictado de la presente resolución;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (UNIDADES REAJUSTABLES UNO) a la Sra. Ely Susana Hoagen C.I.: 1.629.313-2, domiciliada en Av. 18 de Julio Nº 2133 y la Sra. Elsa Rodríguez C.I.: 1.516.395-8 domiciliada en José María Pagani Nº 6146, propietarias del padrón Nº 60.190 sito en José María Pagani Nº 6146, por falta de limpieza, incumplimiento de lo intimado según el Art. 19, Lit. B Secc III del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejal Municipal