Resolución N° 88/17/0117
Nro de Expediente:
2016-1251-98-000106
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
28/6/2017


Tema:
MULTAS - CERCOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) al Sr. Matías Damián Benavidez Bozas, C.I.: Nº 4.287.337-6, domiciliado en Av. Carlos Nery Nº 3453, propietario del padrón Nº 137.477 sito en Alsacia Nº 3678 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 6, Secc II del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 28 de Junio de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de cercado del padrón Nº 137.477 sito en Alsacia Nº 3678, propiedad del Sr. Matías Damián Benavidez Bozas, C.I.: Nº 4.287.337-6, domiciliado en Av. Carlos Nery Nº 3453;

        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 4 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 6, Secc II del Decreto 21.626 y Res. 2287/13;

        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 28 de junio de 2017, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 4 (UNIDADES REAJUSTABLES CUATRO) al Sr. Matías Damián Benavidez Bozas, C.I.: Nº 4.287.337-6, domiciliado en Av. Carlos Nery Nº 3453, propietario del padrón Nº 137.477 sito en Alsacia Nº 3678 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 6, Secc II del Decreto 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la persona infractora y demás efectos
Silvana Lima,Alcaldesa (i) del Municipio F.-

Carmen Pardo,Concejala Municipal