Resolución N° 114/11/0117
Nro de Expediente:
3310-000251-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
13/10/2011


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 34,5 (unidades reajustables, treinta y cuatro con 5 centésimas ) a la empresa Billie Joe con número de R.U.T. 215259750019, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 13 de Octubre de 2011.-
 
        VISTO: las actuaciones Nº 3310-015684-10, relacionadas con la situación de falta de permiso de colocación de Entarimado Gastronómico "Deck" en el local ubicado en 20 de febrero y Avda. 8 de Octubre, pertenenciente a la empresa Billie Joe con número de R.U.T. 215259750019,
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 07 de Enero de 2010, se constató que no presentaba documento de permiso de colocación de entarimado gastronómico "Deck" en la vereda de dicho local.
        2o.) que con fecha 30 de Agosto de 2011, se intimó a la vivienda mencionada a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe de fecha 30 de agosto de 2011, que luce a fojas 9 de estos obrados, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 34,5 por la instalación de mesas y sillas sobre la acera sin permiso.
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 34,5 (unidades reajustables, treinta y cuatro con 5 centésimas ) a la empresa Billie Joe con número de R.U.T. 215259750019, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Coimbra,Concejal del Municipio F