Resolución N° 100/18/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-001203
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2018


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) a Estefani Daniel Rodríguez Rodríguez C.I.: 3.492.156-7 con domicilio en Berreta Galli Nº 3910, Gerardo Abdonis Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.718.139-9 domiciliado en Domingo Guzmán solar 13 pasaje 4, María Corina Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.825.651-0 domiciliada en Leandro Gómez Nº 1287 y María Elbia Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.825.652-6 domiciliada en Analcauta y Democracia Nº 10 Barros Blancos Canelones, propietarios de la finca sita en Cno. Gral. Leandro Gómez Nº 1301, padrón Nº 168.132, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 24 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública desde la finca sita en Cno. Gral. Leandro Gómez Nº 1301, padrón Nº 168.132, propiedad de Estefani Daniel Rodríguez Rodríguez C.I.: 3.492.156-7 con domicilio en Berreta Galli Nº 3910, Gerardo Abdonis Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.718.139-9 domiciliado en Domingo Guzmán solar 13 pasaje 4, María Corina Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.825.651-0 domiciliada en Leandro Gómez Nº 1287 y María Elbia Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.825.652-6 domiciliada en Analcauta y Democracia Nº 10 Barros Blancos Canelones;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.10 por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. 2287/13;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve por mayoría de 3 votos a favor y 2 votos en contra la aplicación de la multa;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) a Estefani Daniel Rodríguez Rodríguez C.I.: 3.492.156-7 con domicilio en Berreta Galli Nº 3910, Gerardo Abdonis Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.718.139-9 domiciliado en Domingo Guzmán solar 13 pasaje 4, María Corina Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.825.651-0 domiciliada en Leandro Gómez Nº 1287 y María Elbia Rodríguez Rodríguez C.I.: 1.825.652-6 domiciliada en Analcauta y Democracia Nº 10 Barros Blancos Canelones, propietarios de la finca sita en Cno. Gral. Leandro Gómez Nº 1301, padrón Nº 168.132, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal