Resolución N° 9/14/0117
Nro de Expediente:
3310-020703-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/1/2014


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 30 (unidades reajustables, treinta con cero diezmilésimas) a la Sra. Mª Carmen Cuña Tomassini, documento de identidad Nº 2.648.904-4.

Montevideo, 8 de Enero de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la situación de humedades provenientes de la vivienda sita en Bvar. Aparicio Saravia Nº 3541, propiedad de la Sra. Mª Carmen Cuña Tomassini, documento de identidad Nº 2.648.904-4;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el 30 de Diciembre de 2011 que luce a fojas 15 de estos obrados, se constató la presencia de aguas servidas que se filtran a la vivienda denunciante, aspectos que comprometen las adecuadas condiciones de habitabilidad del bien;
        2o.) que en reiteradas ocasiones el Sector Inspectivo del Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó a la propietaria a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arquitecto Sr. Pedro Vasqué, con fecha 7 de Octubre de 2013 que luce a fojas 36 de estos obrados, se solicita la aplicación de una multa de U.R 30 (unidades reajustables, treinta con cero diezmilésimas), por infracción a lo dispuesto Artículo 3, Numeral 12, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        4o.) que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión ordinaria de fecha 08 de Enero de 2014, la aplicación de la Multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 30 (unidades reajustables, treinta con cero diezmilésimas) a la Sra. Mª Carmen Cuña Tomassini, documento de identidad Nº 2.648.904-4, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Juan Bologna,Alcalde (I) del Municipio F.-

Ruben Fernandez,Concejal Municipal