Resolución N° 35/18/0117
Nro de Expediente:
2017-1130-98-000001
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
18/4/2018


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Renovar por un período de 1 (un) año el convenio de donación modal con la Asociación Civil "Casa de La Mujer de la Unión" para la suscripción de un convenio educativo laboral de limpieza de locales con la Intendencia de Montevideo, aprobado por Resolución Nº 53/17/0117 de fecha 26 de Abril de 2017.-

Montevideo, 18 de Abril de 2018.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el llamado Público a ONGs, para la suscripción de un convenio educativo laboral de limpieza de locales con la Intendencia de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que en la cláusula cuarta del Convenio suscrito por Resolución Nº 53/17/0117 de fecha 26 de Abril de 2017 se estableció que el mismo tendría una duración de 1 (un) año a partir de su firma, pudiendo ser renovado por un período igual, de existir acuerdo expreso de ambas partes y una buena evaluación de los resultados;
        2o.) que en la actuación 73 se informa la evaluación ha sido favorable;
        3o.) que se elaboró el siguiente texto: RENOVACIÓN DE CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo -------- de ---- del dos mil dieciocho.- POR UNA PARTE: El Municipio F (en adelante el Municipio), con domicilio en la Avda. 8 de octubre 4700, representado por ----------------, CI: --------- .- POR OTRA PARTE: La Asociación Civil Casa de La Mujer de la Unión, (en adelante la Institución), R.U.T.---------------, constituyendo domicilio en José Serrato Nº 2613, representada por ----------------- C.I. Nº ----------, en su calidad de representante, siendo todos los nombrados uruguayos, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO: ANTECEDENTES.- En la Cláusula Cuarta del Convenio suscrito por Resolución Nº 53/17/0117 de 26 de Abril de 2017, a fin de desarrollar tareas vinculadas al barrido manual, se estableció que los mismos tendrían una duración de 1 (un) año a partir de su firma, pudiendo ser renovado por un período igual. Teniendo en cuenta que el convenio vence el 1º de Mayo del corriente, es necesario efectuar su renovación.- SEGUNDO.- El Municipio y la Institución acuerdan renovar el convenio de referencia, por el período comprendido entre el 1º de Mayo de 2018 y el 1º de Mayo de 2019, en las mismas condiciones que fuera acordado el convenio original.- Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        CONSIDERANDO: 1o.) que reunido el Gobierno del Municipio F en su sesión ordinaria del día de la fecha, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12, Numeral 3, de la Ley No.19.292, resolvió por unanimidad, dentro de la cual contó con el voto del Alcalde, Sr. Francisco Fleitas, C.I.: 1.839.347-1 y los Concejales Municipales Silvana Lima C.I.: 2.866.905-0 y Juan Bologna, C.I.: 1.596.735-8 aprobar la renovación del convenio;
        2o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y 3797/10 del 23/VIII/10, se establecieron las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE
        1.- Renovar por un período de 1 (UN) año el convenio de donación modal con la Asociación Civil "Casa de La Mujer de la Unión" para la suscripción de un convenio educativo laboral de limpieza de locales con la Intendencia de Montevideo, aprobado por Resolución Nº 53/17/0117 de fecha 26 de Abril de 2017.-
        2.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Divisiones Políticas Sociales y Comunicación, Asesoría Jurídica, Servicio de Escribanía, Unidad Central de Presupuesto, División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación Ciudadana y a la Unidad Central de Auditoría Interna, Servicio Centro Comunal Zonal 9 y pase -por su orden- al Sector Compras Ejecución Presupuestal de este Municipio, cumplido, remítase a Contaduría General.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejala Municipal

Juan Bologna,Concejal Municipal