Resolución N° 27/23/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000042
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/3/2023


Tema:
MULTAS - CERCOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8 (UNIDADES REAJUSTABLES OCHO) a la empresa DOFIN S.A. RUT 211063190018, con domiciliado en Av. 8 de Octubre Nº 4528, propietaria del padrón Nº 400.368, sito en Andrés Latorre Nº 4518, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 10 de Marzo de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la falta de cercado del padrón Nº 400.368, sito en Andrés Latorre Nº 4518, propiedad de la empresa DOFIN S.A. RUT 211063190018, con domiciliado en Av. 8 de Octubre Nº 4528;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.8 por incumplimiento de lo intimado según Art. 3, Núm. 7, Secc II del Decreto 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 15 de febrero de 2023 resolvió de conformidad por unanimidad;


        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (UNIDADES REAJUSTABLES OCHO) a la empresa DOFIN S.A. RUT 211063190018, con domiciliado en Av. 8 de Octubre Nº 4528, propietaria del padrón Nº 400.368, sito en Andrés Latorre Nº 4518, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la empresa infractora y demás efectos.-
Juan Pedro López,Alcalde del Municipio F.-

Katrin Gómez,Concejala Municipal