Resolución N° 46/15/0117
Nro de Expediente:
3310-002211-14
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
25/2/2015


Tema:
MULTAS - VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R.5 ( UNIDADES REAJUSTABLES CINCO ) a la Empresa COMPAÑÍA DE ÓLEOS Y MANTEQUILLAS S.A., R.U.T. Nº 210000070017, con domicilio legal en Gobernador Vigodet Nº 2524, propietaria del padrón Nº 426.519 en infracción, sito en Gobernador Vigodet Nº2536.-

Montevideo, 25 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el mal estado de la vereda ubicada frente al padrón Nº 426.519, sito en Gobernador Vigodet Nº2536, perteneciente a la Empresa COMPAÑÍA DE ÓLEOS Y MANTEQUILLAS S.A., R.U.T. Nº 210000070017, con domicilio legal en Gobernador Vigodet Nº 2524;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal 9 intimó a la responsable a reparar la vereda de su predio, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado el Sector Inspectivo solicita la aplicación de una multa de U.R.5 por infracción a lo dispuesto en el D.2213 del Volumen VII del Digesto Departamental;
        3o.) que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión ordinaria de fecha 25 de Febrero de 2015, la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R.5 ( UNIDADES REAJUSTABLES CINCO ) a la Empresa COMPAÑÍA DE ÓLEOS Y MANTEQUILLAS S.A., R.U.T. Nº 210000070017, con domicilio legal en Gobernador Vigodet Nº 2524, propietaria del padrón Nº 426.519 en infracción, sito en Gobernador Vigodet Nº2536, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Juan Bologna,Alcalde del Municipio F.-

Jorge Moreira,Concejal Municipal