Resolución N° 169/14/0117
Nro de Expediente:
3310-016381-09
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/10/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R 10 ( UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ ) por falta de habilitaciones municipales a la empresa ALFER S.A, con RUT Nº211413160015, propietaria del establecimiento destinado a vidriería, sito en Av. 8 de Octubre Nº4527.

Montevideo, 22 de Octubre de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a vidriería, sito en Av. 8 de Octubre Nº4527, perteneciente a la empresa ALFER S.A, con RUT Nº211413160015;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R 10 por falta de habilitaciones municipales según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1, Lit. A del Decreto No. 21.626 y Res. 2287/13;
        2o.) que el Gobierno Municipal F resuelve en su sesión ordinaria de fecha 22 de octubre de 2014, la aplicación de la multa correspondientes;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 10 ( UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ ) por falta de habilitaciones municipales a la empresa ALFER S.A, con RUT Nº211413160015, propietaria del establecimiento destinado a Vidriería, sito en Av. 8 de Octubre Nº4527, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese al la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal