Resolución N° 20/17/0117
Nro de Expediente:
2016-1253-98-000009
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/2/2017


Tema:
VARIOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el funcionario Sr. Javier Malán, C.I.: 4.095.953, contra la Res. N° 204/16/0117 de fecha 28 de setiembre de 2016, por la cuál se le aplicara una sanción de 1 día de suspensión sin goce de sueldo, en mérito al haber incurrido en la falta prevista en el artículo Art. R.423.2 inciso a) del Volumen III del Digesto Departamental.-

Montevideo, 22 de Febrero de 2017.-
 
      VISTO: el recurso de reposición interpuesto por el funcionario Sr. Javier Malán, C.I.: 4.095.953, contra la Res. N° 204/16/0117 de fecha 28 de setiembre de 2016, por la cuál se le aplicara una sanción de 1 día de suspensión sin goce de sueldo, en mérito al haber incurrido en la falta prevista en el artículo Art. R.423.2 inciso a) del Volumen III del Digesto Departamental;
      RESULTANDO: que la Abogada Asesora de este Municipio, Dra. Elena Antuña, informa en actuación Nº31 que: a) en el aspecto formal el escrito recursivo no merece objeciones que formular, habiéndose presentado en tiempo y forma; b) en relación a la cuestión sustancial involucrada, a juicio de esta informante, de los extremos de juicio emergentes de estas actuaciones cabe concluir que no corresponde hacer lugar a la pretensión revocatoria de la Resolución de que se trata;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 22 de febrero de 2017 se manifiesta de conformidad;
      2o.) que por Resoluciones Nos. 3642/10 de 9/VIII/10 y 3797/10 de 23/VIII/10, se establecieron las competencias asignadas a los Gobiernos Municipales;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL F
      RESUELVE:
      1.- No hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el funcionario Sr. Javier Malán, C.I.: 4.095.953, contra la Res. N° 204/16/0117 de fecha 28 de setiembre de 2016, por la cuál se le aplicara una sanción de 1 día de suspensión sin goce de sueldo, en mérito al haber incurrido en la falta prevista en el artículo Art. R.423.2 inciso a) del Volumen III del Digesto Departamental.-
      2.- Comuníquese al Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, al Servicio de Administración de Personal, al Servicio de Liquidación de Haberes, pase a Gestión Humana del Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para la notificación de los funcionarios y remítase a la Asesoría Jurídica para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto en subsidio.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal