Resolución N° 140/12/0117
Nro de Expediente:
3310-020043-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/8/2012


Tema:
MUTLAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables ,diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) al Sr. Mario Baute, con documento de identidad Nº: 1.843.936-6.

Montevideo, 22 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las actuaciones Nº 3310-020043-11 relacionadas con la situación de inhabitabilidad de la vivienda sito en Alferez Real Nº 2572 Apto Nº 4;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 8 de Diciembre de 2011, se constató la existencia de aguas servidas estancadas en el predio que impiden el pasaje hacia fondo;
        2o.) que con fecha 7 de Enero de 2012, se intimó a la vivienda mencionada a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en informe del Arquitecto Asesor Silvio Raimondo, de fecha 20 de junio de 2012, que luce a fojas 13 de estos obrados, se solicita la aplicación de una multa de U.R.19,7880 al titular de la vivienda perjudicante, Sr. Mario Baute, con documento de identidad Nº: 1.843.936-6, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, Literal A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19,7880 (Unidades Reajustables,diecinueve con siete mil ochocientos ochenta diezmilésimas) al Sr. Mario Baute, con documento de identidad Nº: 1.843.936-6, domicliado en la calle Alferez Real Nº 2572 Apto Nº 4, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación al infractor y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Ruben Suarez,Concejal del Municipio F