Resolución N° 87/18/0117
Nro de Expediente:
2016-1251-98-000133
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/10/2018


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Rubén Darío Ávila C.I.: 1.892.247-8 y Sra. Glisel Martínez C.I.: 2.545.829-4, ambos domiciliados en Larravide Nº 2154/Torremolinos Nº 6425, propietarios del padrón Nº 403.415 sito en Torremolinos Nº 6425, por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.7 del Digesto Departamental.-

Montevideo, 3 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el entubado irregular realizado frente al padrón Nº 403.415 sito en Torremolinos Nº 6425, propiedad del Sr. Rubén Darío Ávila C.I.: 1.892.247-8 y Sra. Glisel Martínez C.I.: 2.545.829-4, ambos domiciliados en Larravide Nº 2154/Torremolinos Nº 6425;

        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) se constató cuneta antirreglamentaria, en la que debe procederse a la remoción de la alcantarilla con entubado irregular y a la restitución de la cuneta para el escurrimiento normal de las aguas, adecuando la misma a la normativa vigente;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 10 por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.7 del Digesto Departamental;

        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que reunido en su sesión ordinaria del día de la fecha el Gobierno Municipal F por mayoría de tres votos a favor y dos en contra resuelve de conformidad con el dictado de la presente resolución;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (UNIDADES REAJUSTABLES DIEZ) al Sr. Rubén Darío Ávila C.I.: 1.892.247-8 y Sra. Glisel Martínez C.I.: 2.545.829-4, ambos domiciliados en Larravide Nº 2154/Torremolinos Nº 6425, propietarios del padrón Nº 403.415 sito en Torremolinos Nº 6425, por incumplimiento de lo intimado según D.2241.14.7 del Digesto Departamental.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejal Municipal