Resolución N° 164/19/0117
Nro de Expediente:
2019-3310-98-001024
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/11/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Sr. César Omar Pérez Balbuena C.I.: 2.908.672-4, propietario del establecimiento destinado a stud, sito en Juan Francisco Santos Nº 5061, padrón Nº 75.380, por falta de habilitaciones municipales del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales, Servicio de Salubridad Pública y Plan de Gestión de Residuos, según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A del Decreto No. 21.626, Decreto Nº 34.251 y Res. 2287/13.-

Montevideo, 14 de Noviembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a stud, sito en Juan Francisco Santos Nº 5061, padrón Nº 75.380, propiedad del Sr. César Omar Pérez Balbuena C.I.: 2.908.672-4;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que el establecimiento referido se encuentra en infracción con las normas departamentales vigentes;
        2o.) corresponde la aplicación de una multa de U.R 20 por falta de habilitaciones municipales del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales, Servicio de Salubridad Pública y Plan de Gestión de Residuos, según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A del Decreto No. 21.626, Decreto Nº 34.251 y Res. 2287/13;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve de conformidad por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Sr. César Omar Pérez Balbuena C.I.: 2.908.672-4, propietario del establecimiento destinado a stud, sito en Juan Francisco Santos Nº 5061, padrón Nº 75.380, por falta de habilitaciones municipales del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales, Servicio de Salubridad Pública y Plan de Gestión de Residuos, según lo dispuesto por el Art. 14, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A del Decreto No. 21.626, Decreto Nº 34.251 y Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Jorge Moreira,Concejal Municipal