Resolución N° 73/13/0117
Nro de Expediente:
3310-013222-12
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/5/2013


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 29,6820 ( unidades reajustables, veintinueve con seis mil ochocientos veinte diezmilésimas ) a la Sra. Irma Ángela Meliante Moscarella, con documento de identidad Nº1.272.052-7, propietario de la finca sita en Chon Nº3828 apartamento 2.

Montevideo, 8 de Mayo de 2013.-
 

        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública de la finca ubicada en Chon Nº3828 apartamento 2, propiedad de la Sra. Irma Ángela Meliante Moscarella, con documento de identidad Nº1.272.052-7;

        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 29,6820 ( unidades reajustables, veintinueve con seis mil ochocientos veinte diezmilésimas) por incumplimiento de lo intimado según Decreto Nº 21.626, Art. 3, Numeral 14;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del de fecha 8 de Mayo de 2013, resuelve la aplicación de la Multa correspondiente;

        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;




        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 29,6820 ( unidades reajustables, veintinueve con seis mil ochocientos veinte diezmilésimas) a la Sra. Irma Ángela Meliante Moscarella, con documento de identidad Nº1.272.052-7, propietario de la finca sita en Chon Nº3828 apartamento 2, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a las personas infractoras y demás efectos.
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal del Municipio F