Resolución N° 130/21/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000812
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/12/2021


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 (UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE) como 1º Reincidencia al Sr. Alejandro Alvernás García C.I.: 3.860.734-7 y Sra. Paulina Orfilia Acuña Ferreira C.I.: 3.001.489-3, domiciliados en Cno. Capitán Coralio Lacosta Nº 4553, propietarios de la finca sita en finca sita en Av. de la Aljaba Nº 3973, padrón Nº 103.739, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13.-

Montevideo, 29 de Diciembre de 2021.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el vertimiento de aguas servidas a la vía pública desde la finca sita en Av. de la Aljaba Nº 3973, padrón Nº 103.739, propiedad del Sr. Alejandro Alvernás García C.I.: 3.860.734-7 y Sra. Paulina Orfilia Acuña Ferreira C.I.: 3.001.489-3, domiciliados en Cno. Capitán Coralio Lacosta Nº 4553;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) la finca de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) que el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R.15 por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13;
        c) que por Res. Nº 179/17/0117 de fecha 15/11/2017 modificada por la Res. Nº 12/18/0117 de fecha 31/01/2018, se le aplicó multa por la misma temática, siendo la presente por 1º Reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve de conformidad por unanimidad de presentes;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 (UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE) como 1º Reincidencia al Sr. Alejandro Alvernás García C.I.: 3.860.734-7 y Sra. Paulina Orfilia Acuña Ferreira C.I.: 3.001.489-3, domiciliados en Cno. Capitán Coralio Lacosta Nº 4553, propietarios de la finca sita en finca sita en Av. de la Aljaba Nº 3973, padrón Nº 103.739, por incumplimiento de lo intimado según Art. 16 del Decreto Nº 21.626 y Res. Nº 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para realizar las correspondientes notificaciones y demás efectos.-
Juan Pedro López,Alcalde del Municipio F.-

Katrin Gómez,Concejala Municipal