Resolución N° 189/15/0117
Nro de Expediente:
3310-024039-05
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/9/2015


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución Nº 62/15/0117 de fecha 18 de Marzo de 2015.-

Montevideo, 2 de Setiembre de 2015.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Minimercado, sito en Cno. Carrasco Nº 4699, padrón Nº 144.846, perteneciente a la empresa BANTEL S.A., R.U.T Nº 210796330013;
        RESULTANDO: 1o.) que por resolución Nº 62/15/0117 de fecha 18 de Marzo de 2015, se resolvió la aplicación de una multa de U.R.20 por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, según lo dispuesto por el Art.14 y Art. 22, Secc. XIII, Núm 1º, Lit. A del Decreto No. 21.626 y Res. 2287/13;
        2o.) que la Abogada Asesora de nuestro Municipio a fojas 146 sugiere relevar de oficio, dejando sin efecto la citada resolución;
        3o.) que este Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 02 de Setiembre de 2015 se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 62/15/0117 de fecha 18 de Marzo de 2015, por las razones expresadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a los interesados y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal