Resolución N° 1/20/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-000367
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/1/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12 (UNIDADES REAJUSTABLES DOCE) al Sr. José María Pérez Hernández, C.I.: 2.590.672-4 y RUT 213.462.880.014, propietario del establecimiento sito en Florencia Nº 3422, padrón Nº 88.682 unidad 001, según lo dispuesto por el Art. 14, Inc. A, Num.2, Secc. XII del Decreto No. 21.626.-

Montevideo, 15 de Enero de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento en infracción sito en Florencia Nº 3422, padrón Nº 88.682 unidad 001, perteneciente al Sr. José María Pérez Hernández, C.I.: 2.590.672-4 y RUT 213.462.880.014;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes al no haber presentado los planos actualizados del local;
        b) que ante el incumplimiento de lo intimado, el mencionado Servicio solicita aplicar una multa de U.R.12, según lo dispuesto por el Art. 14, Inc. A, Num.2, Secc. XII del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente por unanimidad;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12 (UNIDADES REAJUSTABLES DOCE) al Sr. José María Pérez Hernández, C.I.: 2.590.672-4 y RUT 213.462.880.014, propietario del establecimiento sito en Florencia Nº 3422, padrón Nº 88.682 unidad 001, según lo dispuesto por el Art. 14, Inc. A, Num.2, Secc. XII del Decreto No. 21.626.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Silvana Lima,Alcaldesa (i) del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal