Resolución N° 40/23/0117
Nro de Expediente:
2020-3310-98-000469
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/4/2023


Tema:
MULTAS HUMEDADES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) a la vivienda sita en Camino Corrales Nº2776, padrón Nº 69845, propiedad del Fondo Social de Vivienda C.O.E.T.C, RUT Nº 215712190016 con domicilio consituido en Avda 8 de Octubre Nº 3462

Montevideo, 12 de Abril de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de filtraciones de agua y humedades provocados por la vivienda sita en Camino Corrales Nº2776, padrón Nº 69845, propiedad del Fondo Social de Vivienda C.O.E.T.C, RUT Nº 215712190016 con domicilio consituido en Avda 8 de Octubre Nº 3462;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales realizadas con fecha 12/07/20, 08/04/2022 y 19/07/2022, se observó la presencia filtraciones de agua y humedades en el aparamento lindero, sito en Corrales Nº 2776, Block 3, Apto. 802 , provocados por la falta de mantenimiento de exteriores;
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a regularizar el la situación, dando plazo en varias oprtunidades para solucionar las graves condiciones de habitabilidad del apartamento en cuestión y la situación se mantuvo incambida;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, en la actuación 43 se informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 20 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;

        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 12 de Abril del corriente, resuelve de conformidad por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) a la vivienda sita en Camino Corrales Nº2776, padrón Nº 69845, propiedad del Fondo Social de Vivienda C.O.E.T.C, RUT Nº 215712190016 con domicilio consituido en Avda 8 de Octubre Nº 3462, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, al Municipio F y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para realizar la notificación y demás efectos.-

Juan Pedro López,Alcalde del Municipio F.-

Marcelo Váldez,Concejal Municipal