Resolución N° 37/14/0117
Nro de Expediente:
3310-012608-11
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/3/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 15 ( UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE ) por falta de habilitación Municipal, al Sr. Miguel Ángel Castro Gómez, con documento de identidad Nº 1.529.445-8, propietario del establecimiento destinado a Stud, sito en Gregorio Rodríguez Nº 3760, R.U.T Nº 215482770016.

Montevideo, 12 de Marzo de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a Stud, sito en Gregorio Rodríguez Nº 3760, propiedad del Sr. Miguel Ángel Castro Gómez, con documento de identidad Nº 1.529.445-8, con R.U.T Nº 215482770016;

        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 15 por falta de habilitación municipal, según Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        2o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del 12 de Marzo de 2014, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 15 ( UNIDADES REAJUSTABLES QUINCE ) por falta de habilitación municipal, al Sr. Miguel Ángel Castro Gómez, con documento de identidad Nº 1.529.445-8, propietario del establecimiento destinado a Stud, sito en Gregorio Rodríguez Nº 3760, R.U.T Nº 215482770016, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 ( Treinta ) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal