Resolución N° 30/20/0117
Nro de Expediente:
2016-0017-98-000071
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/2/2020


Tema:
VARIOS

Resumen:
Propiciar ante el Sr. Intendente de Montevideo, Christian Di Candia, el dictado de resolución de aplicación de multa por U.R. 63 (UNIDADES REAJUSTABLES SESENTA Y TRES) como tercera reincidencia, a la empresa Moncuer S.R.L., R.U.T.: 213.955.030.018, propietaria del establecimiento destinado a curtiembre, sito en Colmenar Nº 6458, padrón Nº 167.085, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 19 de Febrero de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a curtiembre, sito en Colmenar Nº 6458, padrón Nº 167.085, perteneciente a la empresa Moncuer S.R.L., R.U.T.: 213.955.030.018;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 9 informa que:
        a) el establecimiento de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        b) el mencionado Servicio solicita imponer una multa de U.R. 63 por falta de habilitaciones municipales del Servicio de Locales Industriales y/o Comerciales y Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, por infracción al Art. 14 Sec. XIII, Núm. 1, Lit. A y Art. 22 del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y Res. 2287/13;
        2o.) que por Resoluciones Nº 161/16/0117, Nº 180/17/0117 y Nº 117/18/0117 se resolvió la aplicación de multas por falta de habilitaciones municipales, lo que correspondería según informe del Sector Inspectivo aplicar una nueva sanción como tercera reincidencia;
        CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        2o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve de conformidad por unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Propiciar ante el Sr. Intendente de Montevideo, Christian Di Candia, el dictado de resolución de aplicación de multa por U.R. 63 (UNIDADES REAJUSTABLES SESENTA Y TRES) como tercera reincidencia, a la empresa Moncuer S.R.L., R.U.T.: 213.955.030.018, propietaria del establecimiento destinado a curtiembre, sito en Colmenar Nº 6458, padrón Nº 167.085, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Comuníquese al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 y remítase al Departamento de Secretaría General a sus efectos.-
Francisco D. Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal