Resolución N° 145/19/0117
Nro de Expediente:
2016-3310-98-001323
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/10/2019


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Ministerio del Interior, propietario de la vivienda sita en Mariana Pineda Nº 3522 Apto 301, padrón Nº 419.264 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-

Montevideo, 16 de Octubre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los problemas de humedades provocados por la vivienda sita en Mariana Pineda Nº 3522 Apto 301, padrón Nº 419.264 propiedad del Ministerio del Interior;
        RESULTANDO: 1o.) que en las inspecciones profesionales que lucen a fojas 7 y 34 del paquete SEM y actuación Nº 24 realizadas en la Unidad 201 se observaron humedades y filtraciones generalizadas en el apartamento; en la terraza sobre los caños de bajada, las humedades en el cielorraso y paredes son tangibles al tacto y realizadas las mediciones dan un 100% de humedad; están deteriorados los revoques, pinturas; se están afectando los hierros de la estructura de la losa y las instalaciones eléctricas; hay presencia de humedades y hongos en cielorraso de baño y dormitorio, por posibles perdidas en la cañería de abastecimiento de la Unidad 301, condiciones que afectan la habitabilidad del bien;
        2o.) que se intimó al propietario de la vivienda mencionada a realizar acciones necesarias para solucionar problemas existentes;
        3o.) Que la representante legal del Ministerio del Interior presento nota de descargos presente en la actuación 62;
        4o.) Que estudiada la nota por parte de la Abogada Asesora de nuestro Municipio Dra. Elena Antuña en la actuación 66 informa que los descargos no son de recibo;
        5o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, desde el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 informa que corresponde la aplicación de una multa de U.R. 20 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Literal A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria del día de la fecha resuelve la aplicación de la multa correspondiente unanimidad;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (UNIDADES REAJUSTABLES VEINTE) al Ministerio del Interior, propietario de la vivienda sita en Mariana Pineda Nº 3522 Apto 301, padrón Nº 419.264 por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 12, Inc. A, Sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación de la persona infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Silvana Lima,Concejal Municipal