Resolución N° 218/16/0117
Nro de Expediente:
2016-9681-98-000011
 
MUNICIPIO F - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/11/2016


Tema:
MULTAS - INSPECCIONES PROFESIONALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 2 (UNIDADES REAJUSTABLES DOS) por primera reincidencia a la Sra. Alicia Wolff, C.I.: 1.188.289-7, domiciliada en Mercedes Nº 1774 apto 507, propietaria del padrón Nº 75.572, sito en Mariano Estape Nº 4884, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III y Art. 22 del Decreto 21.626; Res. 2287/13.-

Montevideo, 9 de Noviembre de 2016.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con la falta de limpieza del padrón Nº 75.572, sito en Mariano Estape Nº 4884, propiedad de la Sra. Alicia Wolff, C.I.: 1.188.289-7, domiciliada en Mercedes Nº 1774 apto 507;
        RESULTANDO: 1o.) el padrón de referencia se encuentra en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        2o.) por Res. Nº 105/15/0117 de fecha 13/05/2015 se le aplico multa por lo que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 solicita imponer una multa por primera reincidencia de U.R. 2 por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III y Art. 22 del Decreto 21.626; Res. 2287/13;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal F en su sesión ordinaria de fecha 09 de noviembre de 2016, resuelve la aplicación de la multa correspondiente;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        3o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;

        EL GOBIERNO MUNICIPAL F
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 2 (UNIDADES REAJUSTABLES DOS) por primera reincidencia a la Sra. Alicia Wolff, C.I.: 1.188.289-7, domiciliada en Mercedes Nº 1774 apto 507, propietaria del padrón Nº 75.572, sito en Mariano Estape Nº 4884, por incumplimiento de lo intimado según Art. 19, Lit. B, Secc. III y Art. 22 del Decreto 21.626; Res. 2287/13.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como así mismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (TREINTA) días calendario a contar de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad de Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 9 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
Francisco Fleitas,Alcalde del Municipio F.-

Juan Bologna,Concejal Municipal